[2068 376 Laws and Stats Zaragosa, 1769] [Señores. Regente. Salvador. Vega. Zuazo. Figueroa. Segovia. Gomez.] Auto. Zaragoza y deciembre catorce de mil setecientos seten- ta y nueve. Acuerdo general. Los Señores del Real Acuerdo, en vista de la Real Provision del Supremo Consejo de Castilla de once de Julio de es- te año, expedida á instancia del Cuerpo de Ganaderos de los Pyrinéos de este Reyno, y del Principado de Cataluña, en la que en- tre otras cosas, se manda publicar en to- dos los Pueblos de este distrito: Que las Jus- ticias antes de sacar á pública subasta los Pastos, y Yerbas de sus Terminos, fixen Edictos, mandando, que todos los Veci- nos Ganaderos, que quisieren, y necessi- taren algunos para sus propios Ganados, acudan ámanifestarlo dentro del tiempo de quince dias, los que pasiados, sin haver- lo executado, no se les admita esta prefe- rencia en modo alguno; y señalado die pa- ra el remate, se haga este en el major Pos- tór, bien sea Vecino, ó Forastero : Que de ningun modo se consienta, que los Veci- nos, que no tienen Ganados propios, pidan preferencia en los Pastos, ni ellos, ni los Fo- rasteros, que no los tengan, hagan posturas, ó remates de ellos; ni que los Vecinos, que en en realidad sean Ganaderos, tomen mas Yerbas, que las que necessiten para sus propios Ganados, y una tercera parte mas; con prevencion, de que todas se tassen antes de fixar los referidos Edictos, para que estos sepan el precio de las que eligieren, y que despues no pueda haver duda, ni disputa sobre si es, ò no excessivo. Y teniendo presente lo epuesto en inteligencia de todo por el Fiscal de su Magestad: MANDARON se imprima la citada Resolucion, y remitan los Exemplares correspondientes à los Corregidores de este Reyno, para que los dirixan à los respectivos Pueblos de su Partido, à fin de que en cada uno se publìque, y ponga en práctica, colocandose en los Libros de su Ayuntamiento, para que en todo tiempo conste, y no se contravenga; y para los demás Particulares, que contiene la citada Real Provision, se execute, como lo dice el Fiscal de S.M. Està rubricado = Don Pedro Joseph Latorre. Es Copia de su original Auto del Real Acuerdo, à que me refiero, de que certifico en Zaragoza à diez y nueve de Deciembre de mil setecientos sesenta y nueve años. Don Joseph Sebastian y Ortiz Transcribed and reviewed by contributors participating in the By The People project at crowd.loc.gov.